Conozca las novedades sobre el documento soporte.
- Según la resolución 000488 de la DIAN, a partir del 1 de agosto de 2022, es obligatorio emitir el documento soporte de adquisición efectuados a proveedores no obligados a facturar.
- Este documento tiene que registrar la operación financiera entre el comprador y el proveedor, cumpliendo con los requisitos estipulados por la DIAN.
El documento soporte de adquisición es aquel que debe emitirse cuando un comprador efectúa la adquisición de un bien o servicio y la transacción es realizada con un proveedor que no está obligado a emitir factura de venta o documentación equivalente.
¿Quiénes deben emitir el documento soporte?
De conformidad con el artículo 3 de la resolución 000167, los compradores de bienes o servicios que sean facturadores electrónicos, los contribuyentes de impuesto sobre la renta y complementarios y los responsables de impuesto sobre las ventas (IVA) están obligados a generar el documento soporte de manera electrónica.
Los compradores deben generarlo por cada una de las transacciones que ocasionan costos, deducciones o impuestos descontables, con un identificador electrónico autorizado por la DIAN.
Por otro lado, la DIAN especifica que los compradores no obligados a facturar, que adquieran bienes y servicios a sujetos no obligados a emitir factura o documentación equivalente, deberán seguir emitiendo el documento soporte de manera física.
Requisitos para su emisión
Debes cumplir con los siguientes requisitos y condiciones para implementar correctamente, la generación y transmisión electrónica del documento soporte:
- Denominarse específicamente como “Documento soporte en adquisiciones efectuadas a no obligados a facturar”.
- Especificar la fecha de la operación, la cual debe concordar con la fecha de generación del documento.
- Detallar los apellidos y nombres o razón social y NIT del vendedor o de quien presta el servicio. Si el vendedor no es un residente fiscal en Colombia, bastará con la identificación del país de origen.
- Detallar los apellidos y nombres o razón social y NIT del adquiriente de los bienes y/o servicios.
- Incluir la numeración consecutiva, el rango y la vigencia de la resolución aprobada por la DIAN.
- Incluir la descripción específica del bien y/o del servicio prestado.
- Mostrar el valor total de la operación, así como la discriminación del IVA si aplica.
- La firma digital del emisor al momento de la generación
- Usar el formato electrónico de generación avalado por la DIAN
- Debe llevar el código único de la DIAN, CUDS.
El documento soporte tiene como finalidad el registro fiscal de los costos y deducciones de impuestos sobre la renta y los impuestos sobre las ventas IVA, ante la DIAN. De esta forma, se avanza hacia la digitalización y procura quelas empresas lleven un control financiero más riguroso y saludable.
Con nuestro servicio de Facturación Electrónica podrás emitir directamente a la DIAN, cumpliendo todos los requisitos legales establecidos por la ley.